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D E C I S I Ó N
Por los fundamentos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (en transición), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la solicitud que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA incoara CORP BANCA, C.A. BANCO UNIVERSAL contra la sociedad mercantil HOTEL BAR RESTAURANT BILBAO, C.A. y el ciudadano ROGELIO MARTÍN ADARO, identificados al inicio, ORDENA NOTIFICAR DE ESTE JUICIO, a la Procuraduría General de la República, así como al Síndico Procurador del Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la Procuraduría General de la República y al Síndico Procurador del Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Monagas.
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