Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, la pretensión que por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO incoara el ciudadano CARLOS ALBERTO GUERRERO VALVERDE, contra la ciudadana VICTORIA EUGENIA HERNÁNDEZ MORENO, ampliamente identificados al inicio, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el ordinal 6to del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referida al incumplimiento del ordinal 5° del artículo 340 eiusdem, promovida por la representación judicial de la demandada.-
SEGUNDO: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el artículo 346, ordinal 11vo del Código de Procedimiento Civil, de prohibición de la ley de admitir la acción propuesta, promovida por la parte demandada.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas .....