-II-
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (en transición), administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley REVOCA EL AUTO DE FECHA 16 DE JUNIO DE 2009 Y SE FIJA NUEVO ACTO DE NOMBRAMIENTO DE EXPERTOS CONTABLES en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES incoara el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A. contra la sociedad mercantil CALZADO YORKY, C.A. y los ciudadanos JESÚS QUIROGA LÓPEZ y DELFINA RAMOS DE QUIROGA, ampliamente identificados al inicio de este fallo.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en Caracas a los dieciséis (16) días del mes de septiembre .....