Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD incoara el ciudadano JOSÉ NOE MONTILLA, contra la ciudadana MARIA DEL CARMEN LOZADA, SE DECLARA INCOMPETENTE en razón de la cuantía para conocer del presente asunto y como consecuencia de ello, plantea el CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose la inmediata remisión a los Juzgados Superiores Civiles de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, las actas que conforman el presente expediente, para que conozca, le de el trámite de ley y designe al Tribunal Competente.