Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por DIVORCIO incoara la ciudadana MARIA CARMELA MATTIA BARBIERO, contra la ciudadano OSWALDO ITALO VOTTA DE ROSA, ampliamente identificados al inicio, DECLARA:
PRIMERO: Se ORDENA realizar INVENTARIO sobre los bienes comunes de los cónyuges.
SEGUNDO: Se niega la medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada por la representación judicial de la parte actora.
TERCERO: Se NIEGAN las medidas innominadas respecto a que el demandado no habite más y desocupe el inmueble donde se indica el domicilio conyugal y que se le obligue al cumplimiento de las cargas y responsabilidades
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-