Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por ACCIÓN REIVINDICATORIA incoaran los ciudadanos GRACIELA CALDERON CALDERON, DIANA MAR SOSA CALDERON y JHOWER ALEXANDER SOSA CALDERON contra la ciudadana AIDA DEL CARMEN PEREZ VIZCAYA, ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: CON LUGAR la aclaratoria solicitada por la representación judicial de la parte actora. En consecuencia, téngase la presente aclaratoria como parte de la sentencia dictada en fecha 12 de enero de 2018.