Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD incoara el ciudadano MAURO PIZZOFERRATO DI BACCO, contra los ciudadanos SOVEIDA ALEXANDER PINZÓN SILVERA y RONALD ALEXANDER PIZZOFERRATO PINZÓN, ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el artículo 346, ordinal 1o del Código de Procedimiento Civil, relativa a la falta de jurisdicción, promovida por la representación judicial del codemandado RONALD ALEXANDER PIZZOFERRATO PINZÓN y como consecuencia de ello, SE DECLARA que el Poder Judicial a través de éste Órgano Jurisdiccional tiene Jurisdicción para conocer y decidir la presenta causa.