Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO intentó CARLOS LUIS CAPRILES CHARINGA contra MARIA LUISA PICON SUAREZ y GALERIAS VELANCA C.A., en consecuencia: PRIMERO: Se subroga a CARLOS LUIS CAPRILES CHARINGA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-13.307.016 en la posición de MARIA LUISA PICON SUAREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-5.314.066, COMO COMPRADORA, en la COMPRA-VENTA protocolizada en fecha 23 de Noviembre de 2004, ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Miranda