En fuerza de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara EXTINGUIDA la instancia en el presente juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (APELACION), interpuesta por la ciudadana EDICTA CHACÓN GARCÍA contra el ciudadano RAFAEL IGNACIO ESCOBAR REVETTI, por haber operado la PERENCION en dicho juicio, en virtud de haber transcurrido mas de cinco (05) años, sin que las partes impulsaran la prosecución del juicio. Surten los efectos establecidos en el primer aparte del artículo 270 del Código de Procedimiento Civil, en cuya virtud el auto apelado queda con fuerza de cosa juzgada.