En fuerza de los razonamientos y consideraciones antes expuestas, este Tribunal Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la ACCION MERO DECLARATIVA propuesta por HAYDEE FLORES MORÁN y LUIS HERNÁN SALVADOR DE LA CRUZ contra EUFRASIO MORENO y en consecuencia declara:
PRIMERO: Que entre HAYDEE FLORES MORÁN y EUFRASIO MORENO, se celebraron dos contratos de compra-venta, por dos inmuebles que forman parte del Edificio 07-01, ubicado en el Sector Los Robles, Calle Bolívar Nº 50, entre Tropical 2 y Gallera. Uno de los inmuebles tiene un área de 80 mts2 y un anexo de 45 mts2 y el otro inmueble tiene 60 mts2.
SEGUNDO: Que entre LUIS HERNAN SALVADOR DE LA CRUZ y EUFRASIO MORENO, se celebró un contrato de compra-venta, por un inmueble que forma parte del Edificio .....