Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta la INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana ZENAHIR DEL CARMEN NUÑEZ VADELL., mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.542.377.
Se designa como TUTOR DEFINITIVO a ZURELY DE LOURDES NUÑEZ VADELL, titular de la cédula de identidad Nº V-7.061.702; Notifíquese a la persona designada a fin de que manifiesten su aceptación o excusa al referido cargo y en el primero de los casos preste el juramento de Ley.
Consúltese la presente sentencia ante la Superioridad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 736 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente.-