Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta la INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano PIÑA QUIVA RAFAEL CIPRIANO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.301.720.
Se designa como Tutor a JULIA RAMONA QUIVA DE PIÑA, titular de la cédula de identidad No. 1.041.586; EL CONSEJO DE TUTELA conformado por los ciudadanos DANILO JESÚS GRATEROL, DANILO ALBERTO GRATEROL BARILLAS, ELSA MARÍA RODRÍGUEZ DE GARCÍA y GLORIA MARÍA BARILLAS DE GRATEROL, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.084.296, 2.5617.125.218, 24.058.952 y 2.288.307 1.041.586, respectivamente. Notifíquese a las personas designadas a fin de que manifiesten su aceptación o excusa al referido cargo y en el primero de los casos preste el juramento de Ley.
Consúltese la prese.....