Por las razones anteriores, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar la Cuestión Previa Ordinal 3º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil "la ilegitimidad de la persona que se presenta como apoderado o representante del actor"; SEGUNDO: Sin lugar la Cuestión Previa Ordinal 6º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, acumulación prohibida prevista en el Artículo 78 ejusdem; TERCERO: Sin lugar la Cuestión Previa Ordinal 6º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, conforme al ordinal 2º del Artículo 340 ejusdem; CUARTO: Sin lugar la Cuestión Previa Ordinal 8º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil "La existencia de una cuestión prejudicial que deba resolverse en un proceso distinto"; QUINTO: PAR.....