Por las razones de hecho y derecho que han quedado expuestas este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Venta incoada por el ciudadano Luis Fermin Jiménez Tovar, en contra de la ciudadana Rosario Lourdes Rodríguez Bolívar. SEGUNDO: SIN LUGAR la reconvención por nulidad propuesta por la ciudadana Rosario Lourdes Rodríguez Bolívar contra el ciudadano Luis Fermin Jiménez Tovar. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 275 del Código de Procedimiento Civil, se condena a cada uno de las partes al pago de las costas de la contraria.