Por las razones antes expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Firmes los honorarios estimados por el abogado ANGEL GONZÁLEZ DEL CASTILLO en el escrito que dio origen a esta incidencia e intimados a NIRKA LOURDES MARCANO AREVALO, por un total TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTITRES MIL BOLIVARES CON 72 CENTIMOS (Bs. 39.223,72), quedando excluidos la cantidad reclamada por concepto de expensas, en la suma de Bs. 1.200.000, conforme lo ordenó la sentencia dictada por el Juzgado Superior primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en fecha 24 de octubre de 2008.- Practíquese por experticia complementaria a este fallo la indexación de la de dinero antes referida, desde la fecha de interposición de la estimación e intimación de honorarios hasta la fecha de su definitivo pago, peticionada como fue en el escrito que dio.....