Por las razones anteriores, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el demandante JUAN VICENTE ISTURIZ GUTIERREZ, contra la decisión dictada en fecha 16 de mayo de 2006, por el Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se declara lo siguiente:
PRIMERO: Se REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 16 de mayo de 2006.
SEGUNDO: Se ORDENA al Tribunal A-quo decretar la medida de secuestro, establecida en el ordinal 7ª del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil, sobre el apartamento distinguido con el N° 128, ubicado en el piso 12 de la Torre "A" que forma parte del conjunto residencial.....