En razón de lo ante trascrito, este Tribunal en acatamiento a dicho criterio jurisprudencial, ADMITE la presente ACCIÓN INTERDICTAL, en consecuencia ordena el emplazamiento de los ciudadanos ISABEL MURGA y JOSÉ ANTONIO CARRERAS MENDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 24.244.948 y 6.336.268, en sus carácter de parte demandada, para que comparezcan ante este Tribunal, situado en la Torre Norte del Centro Simón Bolívar, piso 3, en esta ciudad de Caracas, a fin de que presenten los alegatos que a bien tengan esgrimir, al SEGUNDO (2°) DIA DE DESPACHO siguiente a la constancia en autos de la última citación que se practique, en horas de despacho comprendidas entre 8:30 a.m. y 3:30 p.m. Compúlsese por Secretaría el libelo de demanda y con su respectivo auto de comparecencia al pié, remítanse a la Unidad de Alguacilazgo, que se entenderá de los trámites de citación. Cúmplase.