En fuerza de todas las consideraciones anteriores, este Tribunal Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el abogado en ejercicio ANTONIO CASTILLO CHAVEZ, en su carácter de co-Apoderado Judicial del Banco de Venezuela, S.A., Banco Universal contra la sociedad Mercantil Agroluz, C.A., y en consecuencia, se declara resuelto el Contrato de Venta a Crédito con Reserva de Dominio para adquisición de vehículos nuevos y usados sin recurso, que cursa al folio diez (10) y once (11) del presente expediente, suscrito en fecha 17 de Noviembre del año 2008, por la sociedad mercantil H Motores Cagua, C.A., y Agroluz C.A, quien autorizó ceder el crédito y la Reserva de dominio con sus accesorios legales contenidos en el contrato a el Banco de Venezuela, S.A., Banco Univer.....