Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE, para conocer la presente incidencia de INHIBICIÓN planteada por la Dra. MARIA DEL CARMEN GARCIA HERRERA, en su carácter de Juez del Tribunal Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, surgida en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoara TERRITORIO 0416, C.A. contra los ciudadanos JOAO ADRIANO CORREIA GÓMEZ y JOSÉ MARCELINO DE CASTRO GÓMEZ, y en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA en un Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial que resulte mediante acto de distribución. Remítanse las presentes actuacio.....