este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la ACCION MERO DECLARATIVA propuesta por la ciudadana NINOSKA ELIZABETH SALAZAR GRANADILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-4.582.395 contra los ciudadanos DEMIAN PEÑA SALAZAR, DENISE PEÑA SALAZAR y DANIELA PEÑA SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.121.189, V-14.892.612 y V-16.671.100, respectivamente y en consecuencia se declara que entre la ciudadana NINOSKA ELIZABETH SALAZAR GRANADILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-4.582.395 y el ciudadano JULIO CÉSAR PEÑA SANABRIA, quien falleció en fecha 02 de junio de 2011 y quien en vida fuera venezo.....