Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede civil administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, SE EMPLAZA a las partes parta el nombramiento de PARTIDOR, cuyo acto tendrá lugar a las 10:00 a.m., del décimo día de despacho siguiente a la última notificación que de ellas se haga. Líbrense boletas.-
Publíquese y regístrese. Notifíquese a las partes.