El Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, la declara TITULO SUPLETORIO para asegurar la posesión o algún derecho que pudiera tener el ciudadano JOSE RAFAEL PEREZ UNDA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-6.255.079, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.