Se dictó resolución mediante la cual se Homologó el desistimiento del procedimiento efectuado en fecha 18 de septiembre de 2017, por el abogado Jesús Eduardo Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nros. 76.804, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en los términos expuestos por esa parte, por aplicación de lo dispuesto en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.