III
Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara subsanado el error de transcripción cometido en la sentencia de fecha 19 de julio de 2013, en consecuencia, Donde Se Lee: "...ALYHOMAR TOURS C.A., Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Barinas, Estado Barinas, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas el 25 de abril de 2006, bajo el Nro. 78, tomo 5-A, e inscrita en el Registro Único de Información Fiscal (R.I.F.), bajo el Nro. J-30882933-1, representada por su Presidente ciudadano JOSE ARCARDIO RIVERO PAREDES, venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-11.708.188...", Debe Leerse: "...ALYHORMA TOURS .....