Declara la Interdicción Provisional del ciudadano NOEL ARPAD CANELO DÍAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.704.480.Igualmente Se designa como tutor interino del presunto entredicho ciudadano NOEL ARPAD CANELO DÍAZ, antes identificado, a la ciudadana MARIA DARI DÍAZ DE CANELO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.185.235, madre de la presunta entredicha, todo de conformidad con el artículo 398 del Código Civil Venezolano.-