-III-
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente ACCIÓN INTERDICTAL DE OBRA NUEVA, interpuesta por la abogada LORENA ESTEBAN MOLINA, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 76.221, actuando con el carácter de apoderada Judicial del ciudadano MITSURU YAZAWA SEKIMOTO, contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES EDIVIAL S.A.
En virtud de la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas a los treinta y uno (31) días del mes de marzo del año dos mil once (2.011.....