este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, incoara CORP BANCA C.A. BANCO UNIVERSAL, contra NADIA ALDERIS MENDEZ, declara: PRIMERO: Se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble objeto de la presente demanda, siendo la misma participada al Registro Público de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón