este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos YOLANDA AMERICA MARTINEZ REYES y FELIX GOMEZ CASTANEDO, la primera de nacionalidad venezolana y el segundo de nacionalidad cubana, ambos mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-2.028.068 y E-84.402.068, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vinculo matrimonial contraído por ellos en la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República de Cuba, en fecha veinte (20) de enero del año dos mil seis (2006), y legalizado en nuestro país ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha primero (1º) de septiembre del año dos mil seis (2006), según consta en el Acta de Matrimonio signada bajo el número 09.