éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243, del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: CON LUGAR la defensa de fondo referida a la falta de cualidad de la parte demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos CAROL MATTOUT RUBEN y DAVID FRANCO AKININ, contra los ciudadanos ISAAC TUETI CHITRIT y MERCEDES CORCIAS DE TUETI, todos plenamente identificados en autos.
Se condena en costas a ala parte demandada por haber resultado vencida en el presente proceso.