éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 y 26 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242, y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA PRESENTE INSTANCIA en la demanda que por NULIDAD DE VENTA iniciara el ciudadano JOSE AGUSTIN BALESTRINI CASTELLANO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Guarico, titular de la cedula de identidad numero V-3.751.301 contra ILDA ASUNCION JIMENEZ DE VALERO, LUCIANO BOCCIA IERVOLINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V- 1.007.728, V- 13.694.605, respectivamente y a INVERSIONES DAMIRUS C.A.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas, de con.....