este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 206 y 321 del Código de Procedimiento Civil y en resguardo al derecho de defensa, del debido proceso y la igualdad de las partes, principios éstos procésales que deben ser norte y guía de cada proceso jurisdiccional y que son de Rango Constitucional declara:
PRIMERO: SE REPONE LA CAUSA al estado de notificar nuevamente a la abogada MIRIAM CARIDAD PÉREZ QUINTERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 10.895, en su carácter de defensora judicial de la ciudadana MARIÓLGA GÓMEZ SOSA, sobre la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 06 de marzo de 2015 y de su aclaratoria de fecha 31 de julio de 2015, a fin de que ejerza el recurso pertinente contra dicha decisión.
SEGUNDO: Se anulan las actuaciones.....