"...la parte ejecutante abogado GIUSEPPE ANTONIO TOBIA, suficientemente identificado en autos e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°26.556, quien expuso: "Le solicitó al tribunal que difiera la ejecución de la medida y mantenga la comisión hasta la solicitud de una nueva oportunidad. Es todo". Vista la solicitud el tribunal difiere la ejecución y acuerda mantener el expediente en los archivos del tribunal, hasta que conste en el mismo una nueva solicitud por escrito de la parte ejecutante".