(...)en cumplimiento de la comisión, este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Embargados ejecutivamente la cantidad de CIENTO SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SEIS CON 96/100 CENTIMOS (Bs.172. 406, 96), de la cuenta corriente señalada por la parte ejecutante, la cual pertenece a la parte ejecutada, antes identificada, y a su vez ordena agregar copia simple del cheque producto del embargo a los autos, además ordena la remisión de la comisión con sus resultas al Juzgado de la comitente.(...)