"...este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Embargados ejecutivamente la cantidad de DIEZ Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS BOLÍVARES CON 07/100 CENTIMOS (Bs.16.576,07), de la cuenta corriente señalada por la parte ejecutante, la cual pertenece a la parte ejecutada antes identificada y a su vez ordena agregar copia simple del cheque producto del embargo a los autos y el envío del instrumento cambiario producto del embargo al Juzgado de la Causa..."