IV
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda por cobro de bolívares incoada por la sociedad mercantil BANCO METROPOLITANO C.A., en ese momento en liquidación por FOGADE, según resolución de la Junta de Emergencia Financiera Número 172-1095, de fecha veintiséis (26) de Octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995) contra la sociedad mercantil BENATARCO C. A. y en consecuencia se condena a la parte demandada a:
:PRIMERO: Cancelar la suma de Doce Millones Doscientos Ocho Mil Cuatrocientos Cuarenta y Dos Bolívares con Setenta y Ocho Céntimos (Bs. 12.208.442,78), en la actualidad equivalente a la cantidad de Doce Mil Doscientos Ocho Bolívares co.....