Por las razones previamente expuestas, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadano JESÚS MANUEL MORA ROMERO, supra identificado.
SEGUNDO: CON LUGAR, la demanda por COBRO DE BOLÍVARES, interpuesta por el ciudadano EDMUNDO SIMÓN ROTH SAPORTA, en contra del ciudadano JESÚS MANUEL MORA ROMERO, supra identificados.
TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se condena a la parte demandada a pagar a la actora la cantidad de TRECE MIL BOLÍBARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 13.000,00), en dinero efectivo, por concepto de deuda asumida en el contrato de fecha 09 de junio de 1998, autenticado por ante la Notaría Pública Primera de San Cristóbal, estado Táchira, anotado bajo el No. 84, Tomo 116.
CUARTO: Se condena a la.....