"...En cumplimiento de la comisión este, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARO Embargado Ejecutivamente de conformidad con el artículo 593 del Código de Procedimiento Civil, hasta cubrir la cantidad decretada por el Comitente de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 335.990,32), los créditos litigiosos que le corresponden a la ASOCIACIÓN CIVIL LOS PINOS de conformidad con la sentencia dictada en fecha 17 de abril de 2000, por el Juzgado Superior Primero en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital..."