Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de nulidad de asamblea interpuesta por la ciudadana CONSUELO MEDINA DE LÓPEZ y la sociedad mercantil TEOLANDIA BIENES Y RAICES C.A, en contra de los ciudadanos JOSÉ MANUEL LÓPEZ MEDINA, JULIETA MEDINA OLIVIERI y PEDRO JOSÉ LÓPEZ MEDINA, supra identificados. En consecuencia se declara nula el acta No. 2 de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Compañía TEOLANDIA BIENES Y RAICES C.A., realizada en fecha 5 de abril de 1.993.
Se ordena oficiar al Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, para que estampe la nota marginal correspondiente, una vez quede definiti.....