Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA FALTA DE CUALIDAD, opuesta por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil WARNER LAMBERT DE VENEZUELA, C.A., e INADMISIBLE la demanda por daños y perjuicios incoada por la sociedad mercantil FARPLASTIC, C.A.