"...En cumplimiento de la Comisión, este Juzgado, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, impone a las notificadas abogadas ELIZABETH OLMOS PEREZ y MAR-VIC TERESA MORILLO GIL, en su carácter de abogado II y abogado III, adscritas a la Unidad de Asesoría Legal de la Dirección de Personal del Ministerio del Poder Popular para la Educación, de la sentencia dictada en fecha 31 de octubre de 2005, por el Tribunal Comitente, SE ORDENA la reincorporación de la accionante al cargo que desempeña o a otro de igual o superior nivel y remuneración con el pago de los sueldos y demás remuneraciones dejadas de percibir y que no requieran la prestación efectiva del servicio, desde su retiro hasta su efectiva reincorporación, tomándose el tiempo transcurrido como antigüedad para efectos de la jubilación y prestaciones sociales..."