El Tribunal vistas las exposiciones anteriores, así como el pedimento de los apoderados judiciales de la parte actora y de la representación de la parte demandada, acuerda en conformidad con lo solicitado, en consecuencia, suspende la práctica de esta medida de Secuestro para lo cual fuera comisionado por el JUZGADO DECIMO SEPTIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS y, acuerda asimismo, remitir a la brevedad posible estas actuaciones al comitente, una vez que sean realizadas las actuaciones administrativas por ante este Juzgado. Se deja constancia que los documentos consignados se agregaron a esta actuación a los fines que formen parte integrante de la misma. Se deja constancia de que la práctica de esta actuación, no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicia.....