este JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en virtud que esta causa se encuentra comprendida en los presupuestos de la Resolución N° 2011-0062, emitida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 30 de noviembre de 2011, DECLARA: PRIMERO: El DECAIMIENTO DE LA APELACIÓN interpuesta por la parte actora contra el auto dictado en fecha 21 de febrero de 2006, por el Juzgado Decimoquinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual declaró INADMISIBLE la demanda que por TERCERÍA, incoaran los ciudadanos MARTHA LISANDRA ROCHA HERNÁNDEZ y GUSTAVO ALFONSO ROCHA HERNÁNDEZ, extranjeros, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad y pasaporte Nº E-81.969.247.....