De una revisión de las actas procesales que conforman la presente causa, se evidencia que en fecha 19 de julio de 2016, mediante auto dictado por este Tribunal, se ordenó librar Oficio Nº 0275-16, a la Coordinación de Alguacilazgo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. A fin de solicitar a la brevedad posible, sobre las resultas de la boleta de notificación librada el 05 de junio de 2013 a la parte demandada, es por lo que quien aquí suscribe a los fines de garantizar el Derecho a la Defensa, acuerda ratificar el contenido del oficio antes señalado a fin que informe sobre lo solicitado en virtud que hasta la presente fecha no se ha suministrado dicha resulta. Líbrese Oficio. Cúmplase.
LA JUEZ TITULAR,
MILENA MÁRQUEZ CAICAGUARE.-
LA SECRETARIA TITULAR,
ARELYS DEPABL.....