este JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, sociedad mercantil LUBRICANTES GÜIRIA, C.A., domiciliada en Güiria, Estado Sucre, inscrita en el Registro de Comercio llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, el 19 de febrero de 1987, bajo el Nº 23, Tomo 37-A. en su condición de arrendataria y deudora principal, en la persona de su administrador ANSELMO RODRÍGUEZ MATA y SONIA COROMOTO VILLAMIZAR DE RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados entre sí y titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.819.808 y V-5.418.885, respectivamente.....