este JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda, que por NULIDAD DE VENTA intentara el ciudadano RICHARD BRACHO ESPINOZA venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-10.805.755, contra el ciudadano RODOLFO MAZUERA LÓPEZ venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-13.944.404.
SEGUNDO: Se CONDENA en costas a la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificar a las partes de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DÉJESE.....