"...El Tribunal Ejecutor vista la exposición de la parte demandada asistida de abogado, así como la exposición formulada por la apoderada actora, a los fines de darle cumplimiento a la misión encomendada por la SALA DE JUICIO, JUEZ UNIPERSONAL Nº 12 DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, este Tribunal Séptimo de Municipio Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, en acatamiento a lo contenido en el despacho de comisión, procede a declarar: 1) Embargado Preventivamente el 50% de los sueldos y/o salarios o remuneraciones, bonificaciones, dietas o gastos de representación y en general cualquier cantidad que pudiera percibir la ciudadana SARA GELMAN DE KRULIG, como Administradora, Gerente, Empleada o cualquier título en la sociedad mercantil CENTRO MÉDICO QUIRÚRGICO SAN IGNACIO C.A., la cual se señala en el particular SEGUNDO del despacho de comisión..."