"...El Tribunal vista la exposición formulada por el notificado y, el pedimento de la parte actora, anteriormente identificados, y en cumplimiento de la misión que le fuera conferida por el JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, procede a declarar Embargada Preventivamente la cantidad de Bs.F. 6.225,00, que se encuentra disponible en los fondos de la cuenta denominada por la Institución Bancaria como CUENTA DE AHORROS Nº 7015016702, la cual posee el ciudadano GONZALO ROLON, haciendo la salvedad que se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras..."