JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de la sociedad mercantil CONDOMINIOS CAMINO REAL, C.A. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR pretensión contenida en la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, sigue el ciudadano LUÍS FELIPE VICENTINI ESPEJO, contra de la sociedad mercantil CONDOMINIOS CAMINO REAL, C.A., partes identificadas en el encabezado de este fallo. Por lo tanto, SE DECLARA resuelto el contrato de compra-venta, suscrito entre las partes.
TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada al pago por la cantidad de DOCE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO BOLÍVARES (Bs. 12.980.928,oo), actualmente .....