este JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la Defensa Perentoria de fondo propuesta por la representación judicial de la parte demandada relativa a LA FALTA DE CUALIDAD del ciudadano LLUÍS EDUARDO USECHE CAMACHO, antes identificado, quien se presenta como representante de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA CALORI C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 18 de agosto de 1987, anotada bajo el Nº 61, Tomo 52-Apro, en el juicio que por ACCIÓN REIVINDICATORIA, incoara contra la ciudadana GUADALUPE TEJADA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-14.666.502. En consecuencia, se.....