"...Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas, el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada hace Entrega Material Real y Efectiva a la Parte Actora en la persona de su Apoderada Judicial Abogada Cora Farias Altuve del inmueble constituido por:" Un Local Comercial identificado con el Nº 403, integrante de la Edificación que lleva por nombre "Centro Comercial Chacaito", situado en la Avenida Francisco de Miranda, frente a la Plaza Almirante Brión, Jurisdicción del Municipio Chacao del Estado Miranda, perteneciente hoy al Distrito Metropolitano de Caracas"; quien lo recibe conforme en este acto.¿ En este estado la Apoderada Judicial de la Parte Actora, expone: "Me reservo el derecho de señalar bienes para su Embargo en otra oportunidad, por lo cual solicito del Tribunal Ejecutor, devuelva la comisión con sus resultas al Juzgado de la Causa..."